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TERMINOS Y CONDICIONES
TERMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO DE TRASPORTE INTERNACIONAL (COURIER).
Acepto los términos y condiciones del presente contrato
POR FAVOR LEA DETENIDAMENTE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES, ASÍ COMO LAS PREGUNTAS FRECUENTES, ANTES DE REGISTRARSE EN EL PROGRAMA DE MEMBRESIA DE ACS CANUGA . SU PARTICIPACIÓN EN DICHO PROGRAMA IMPLICA QUE ACEPTA EXPRESAMENTE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES. EN CASO DE NO ACEPTARLOS, NO SE REGISTRE.
Introducción. Este contrato (en adelante el "Contrato") entre Usted (en adelante el "EL CLIENTE") y ACS Canuga . Consiste en estos Términos y Condiciones Estándar (en adelante "Términos y Condiciones").
SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE
PRIMERO: Queda convenido y pactado entre las partes que a partir de la aceptación del presente contrato EL CLIENTE adquiere el derecho de disponer de todas las direcciones físicas y apartados postales con las que cuenta ACS CANUGA en el extranjero, para lo cual EL CLIENTE deberá acogerse a todas las disposiciones del presente contrato.
SEGUNDO:
SERVICIOS OFRECIDOS POR ACS CANUGA:
SERVICIO BASICO: 1) La recepción en las direcciones de ACS CANUGA en el extranjero de las correspondencias, paquetes y/o bultos que sean debidamente dirigidos a EL CLIENTE y el transporte de los mismos hacia la República Dominicana; 2) El envío al extranjero de las correspondencias, paquetes y/o bultos debidamente entregados por EL CLIENTE en las oficinas de ACS CANUGA en la República Dominicana, de conformidad con las instrucciones específicas de EL CLIENTE, las cuales podrán ser:
1) Entregar al correo americano.
2) Entregar a una empresa privada de transporte terrestre, aéreo o marítimo.
3) Llamar al consignatario para que este recoja el envío en las oficinas de ACS CANUGA en Miami. En cualquiera de los casos arriba mencionados, las correspondencias, paquetes y/o bultos serán entregados de acuerdo al tipo y clasificación de servicio escogido por EL CLIENTE.
SERVICIOS ADICIONALES:
Servicio de Mensajería local: Consiste en recoger y/o enviar en el territorio nacional las correspondencias, paquetes y/o bultos que EL CLIENTE reciba y/o desee enviar a través de ACS CANUGA.
El costo será de acuerdo a la tarifa vigente en el momento.
Servicio de Orden: Consiste en asistir al EL CLIENTE en la colocación de la orden que EL CLIENTE hace a su suplidor en el extranjero. EL CLIENTE pagará directamente a su suplidor por el valor de su compra, y pagará a ACS CANUGA los valores generados por el servicio de asistencia en compra y del transporte.
Servicio de Seguro: Consiste en que ACS CANUGA realice los trámites necesarios con una compañía de seguros aceptada por EL CLIENTE, para asegurar los bienes transportados por ACS CANUGA. En este caso, EL CLIENTE deberá pagar la póliza por él elegida. EL CLIENTE entiende y acepta que en los casos que no solicite o decline este servicio, EL CLIENTE se hace único responsable de los daños y perjuicios a que puedan ser objeto los bienes transportados, liberando a ACS CANUGA, por este mismo documento de toda responsabilidad y en el entendido de que ACS CANUGA sólo será responsable hasta la suma de RD$1,200.00 (Mil doscientos pesos con 00/100). No se garantizan entregas que no tengan POD (prueba de entrega).
Servicio de Aduanas: A menos que EL CLIENTE indique lo contrario, ACS CANUGA contratará los servicios de una compañía de aduana para realizar, por cuenta y nombre de EL CLIENTE las gestiones aduanales exigidas por las leyes dominicanas. EL CLIENTE reembolsará a ACS CANUGA por los gastos incurridos en esta gestión. De igual modo dichas gestiones aduanales pueden ser realizadas por ACS CANUGA. En este sentido y en ambos casos EL CLIENTE reconoce que es el único responsable del contenido de los bultos o paquetes dirigidos a EL CLIENTE y que libera a ACS CANUGA de toda responsabilidad presente y futura resultante del manejo de los paquetes o bultos consignados a EL CLIENTE que contengan algún contenido prohibido para el transporte internacional o local.
El cliente reconoce que es el único responsable de las documentaciones que provee para efectos de las gestiones aduanales por lo cual libera a ACS CANUGA por este mismo documento de cualquier multa o sanción que sea aplicada por las autoridades aduanales a los bultos y/o paquetes dirigidos a EL CLIENTE.
Servicio de mensajería en el extranjero: Consiste en recoger las correspondencias, paquetes y/o bultos de EL CLIENTE en la dirección en el extranjero que él indique. EL CLIENTE reembolsará a ACS CANUGA los gastos en que haya incurrido en la ejecución de esta Otros Servicios: ACS CANUGA podrá ofrecer otros servicios, a requerimiento de EL CLIENTE, que él entienda que le facilite la prestación del servicio de transporte prestado mediante este contrato por ACS CANUGA, debiendo EL CLIENTE reembolsar a ACS CANUGA los gastos en que haya incurrido.
TERCERO:ACS CANUGA comunicará a sus clientes las direcciones (incluyendo cambios, adiciones y eliminaciones) en los países donde realiza operaciones.
SEXTO:ACS CANUGA cobrará a EL CLIENTE la libra de peso transportado desde o hacia el extranjero, los servicios prestados mediante este contrato, así como los demás cargos generados por la ejecución de tales servicios, de acuerdo a la tarifa o tabla de precios vigente al momento de la facturación.
SEPTIMO: En caso de que EL CLIENTE no haya retirado sus correspondencias, paquetes y/o bultos de las oficinas de ACS CANUGA dentro del plazo de quince (15) días contados a partir de la recepción de las mismas por ACS CANUGA , ACS CANUGA cobrará a EL CLIENTE un cargo por almacenaje.
PARRAFO: El precio de los servicios ofertados mediante este contrato está sujeto a ser modificado de forma unilateral por ACS CANUGA, en base a los cambios que dicte el mercado tanto nacional como internacional y en especial a las fluctuaciones del mercado de divisas, aceptando EL CLIENTE dichas modificaciones como buenas y válidas.
OCTAVO:
FORMAS DE PAGO:
Crédito:
En el caso en que ACS CANUGA le haya otorgado crédito a EL CLIENTE, éste deberá pagar a ACS CANUGA las sumas adeudadas por los servicios prestados mediante este contrato, o cualquier otro valor que le sea facturado, dentro de los quince (15) días contados a partir de la fecha de facturación.
PARRAFO: En caso del no cumplimiento de la obligación de pago por parte de EL CLIENTE, en forma y plazo indicados precedentemente, ACS CANUGA cargará un monto sobre el capital adeudado por concepto de mora, más los gastos legales generados en el caso de iniciarse un proceso de cobro compulsivo con EL CLIENTE.
Contado:
EL CLIENTE se compromete a pagar a ACS CANUGA al momento de recibir los bienes transportados y/o recibir el servicio solicitado mediante dinero efectivo. En el caso en que la correspondencia, paquetes y/o bultos transportados, no hayan sido retirados por EL CLIENTE de los almacenes de ACS CANUGA dentro del plazo de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de recepción, EL CLIENTE autoriza a ACS CANUGA a disponer de tales correspondencias, paquetes y/o bultos de la forma que estime conveniente.
NOVENO: El incumplimiento de cualquier obligación asumida por EL CLIENTE mediante el presente contrato y sus anexos, y de manera especial la de no pago de sus obligaciones pecuniarias, entraña la resolución del presente contrato, sin intervención judicial alguna y por tanto, se extinguirá la obligación asumida por ACS CANUGA de ofrecer los servicios solicitados por EL CLIENTE mediante el presente contrato. La resolución del presente contrato no exime a EL CLIENTE de pagar las sumas adeudadas a ACS CANUGA, ni ACS CANUGA renuncia al cobro, por cualquier vía, de los valores adeudados por EL CLIENTE.
DECIMO: En caso de que el Banco emisor de la Tarjeta de Crédito autorizada por EL CLIENTE como instrumento de pago en el artículo octavo del presente contrato rechazara el pago de las sumas o valores adeudados por EL CLIENTE este contrato quedará rescindido automáticamente y en consecuencia EL CLIENTE autoriza a ACS CANUGA a liquidar y disponer de todos los paquetes y/o bultos que se encuentren en sus almacenes para recuperar los valores adeudados por EL CLIENTE.
Igualmente EL CLIENTE autoriza a ACS CANUGA a liquidar y disponer de toda la correspondencia, paquetes y/o bultos recibidos por ACS CANUGA con posterioridad a la resolución del presente contrato, siempre y cuando EL CLIENTE no se presentare a retirarlos dentro del plazo de siete (7) días contados a partir de su recepción, previo pago del servicio por parte de EL CLIENTE.
DECIMO PRIMERO: EL CLIENTE entiende y acepta que ACS CANUGA podrá negarse a transportar hasta o desde territorio extranjero cualquier tipo de efecto material o producto que a su solo juicio no sea aceptado, tanto por las autoridades dominicanas como por las de cualquier otro país del mundo donde ACS CANUGA haga contacto.
Asimismo ACS CANUGA se reserva el irrestricto derecho de revisar todo o parte de las correspondencias, paquetes y/o bultos que reciba en sus oficinas locales o en el extranjero, que sean entregadas por EL CLIENTE o su representante o que venga a nombre de éste.
PARRAFO: Así mismo, las partes acuerdan que este contrato y el servicio de transporte que brinda UPC están regidos por las normas de servicio courier y las del código postal internacional, las leyes de aduanas, las leyes sanitarias y cualesquiera otra ley o reglamento de los países a los cuales ACS CANUGA tenga acceso en sus servicios, y las partes acogen haciendo suyas todas las disposiciones contenidas en las mismas.
DECIMO SEGUNDO: EL CLIENTE entiende y acepta que ACS CANUGA se reserva el derecho de no transportar por razones de seguridad los artículos especificados en el Anexo I del presente contrato, el cual forma parte integral del mismo.
DECIMO TERCERO: EL CLIENTE entiende y acepta que ACS CANUGA no se hace responsable de los daños o riesgos en que se incurra en la transportación de los artículos especificados en la página web de ACS CANUGA www.ACSCANUGA.COM.DO o de cualquier otro artículo prohibido aún no esté detallado en la citada página web,
DECIMO CUARTO: El presente contrato regirá las relaciones contractuales entre las partes por un período de un (1) año. En caso de que ninguna de las partes exprese a la otra, con treinta (30) días de anticipación, su deseo de rescindir el contrato, éste se renovará automáticamente operándose la táctica reconducción.
DECIMO QUINTO: EL CLIENTE conviene y acepta que las relaciones surgidas mediante el presente contrato estarán sujetas a las normas, políticas y reglamentaciones de ACS CANUGA.
DECIMO SEXTO: Para todo lo que no haya sido estipulado expresamente, las partes se remiten al derecho común: Los conflictos entre las partes que no puedan ser resueltos amigablemente serán dirimidos en los tribunales competentes de la República Dominicana.